Post destacados

Luchar contra Mercadona no es tu batalla
El uso de WhatsApp en las empresas
Básicos de gestión de un supermercado
Cliente satisfecho WhatsApp en las empresas Básicos de gestión de un supermercado
Estrategia de negocio / Posicionamiento
Proyectos / Comunicación
Gestión de negocio / Principios básicos



Focaliza tu empresa a las necesidades del cliente
Focaliza tu empresa: ventas y margen
Gran Consumo: Básicos de gestión económica del surtido
Focaliza tu empresa Focaliza, ventas y margen Gestión económica del surtido
Estrategia de negocio / Retail Estrategia de negocio / Retail Gestión de negocio / El surtido

Financiación y uso de los recursos públicos en las Comunidades Autónomas en 2011 ( I )


Nuestras Comunidades Autónomas gestionaron en 2011 el 31,8% del Gasto Público español. Las diferencias socio-económicas existentes, la financiación que obtienen y la gestión del gasto público que realizan han propiciado diferencias regionales relevantes.

Hablar de Comunidades Autónomas y de financiación siempre es controvertido. Sólo he tratado de investigar un poco para poder tener una opinión propia y alejarme de la demagogia política que lo invade todo.

Cuando la demagogia se instala en la política y se pierde el uso de la razón, la libertad de elección está en riesgo y se decide en manada.



INTRODUCCIÓN

La Constitución Española en su preámbulo y articulado garantizan la convivencia de todos los españoles, conforme a un orden económico y social justo. Reconociendo, además, el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones, y la solidaridad entre ellas sin que sus distintos Estatutos de Autonomía impliquen privilegios económicos o sociales:

  • Preámbulo expresa que "...la Nación española... en uso de su soberanía, proclama su voluntad de: Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo..." 
  • Artº2: La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
  • Artº14: Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
  • Artº31:
    1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.
    2. El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.
    3. Sólo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley.

  • Artº131:
    1. El Estado, mediante ley, podrá planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza y su más justa distribución.
    2. El Gobierno elaborará los proyectos de planificación, de acuerdo con las previsiones que le sean suministradas por las Comunidades Autónomas y el asesoramiento y colaboración de los sindicatos y otras organizaciones profesionales, empresariales y económicas. A tal fin, se constituirá un consejo,cuya composición y funciones se desarrollarán por ley.

  • Artº135: (sobre la Deuda Pública)
    1. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria...

  • Artº138:  (sobre la Solidaridad y la igualdad territorial)
    1. El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad, consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo, entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular.
    2. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales.
  • Artº139:  (sobre la Igualdad de los españoles en los territorios del Estado)
    1. Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte de territorio del Estado...

  • Artº156 (sobre la Autonomía financiera de de las Comunidades Autónomas)
    1. Las Comunidades Autónomas gozarán de autonomía financiera para el desarrollo y ejecución de sus competencias con arreglo a los principios de coordinación con la;Hacienda estatal y de solidaridad entre todos los españoles...
  • Artº158: (sobre el Fondo de Compensación Interterritorial)

    1. En los Presupuestos Generales del Estado podrá establecerse una asignación a las Comunidades Autónomas en función del volumen de los servicios y actividades estatales que hayan asumido y de la garantía de un nivel mínimo en la prestación de los servicios públicos fundamentales en todo el territorio español
    2. Con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un Fondo de Compensación con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Cortes Generales entre las Comunidades Autónomas y provincias, en su caso.

En la Disposición adicional 1ª "...la Constitución ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales"..., estando en ellos incluido el Concierto Económico del País Vasco (que se extendió a toda la Comunidad en la negociación del Estatuto de Autonomía) y el Convenio Económico de la Comunidad Foral de Navarra.

Si lo que se pretende es un sistema solidario a nivel estatal, donde todos los ciudadanos reciban una prestación de servicios equivalente y que no haya ninguna Comunidad que goce de privilegios, todas las Comunidades (con concierto o convenio, o sin él) deberían de disponer de la misma dotación presupuestaria por habitante según las competencias recibidas, y de esta forma podrían atender en igualdad al ciudadano, los servicios que le prestan y gestionar su Administración. Habría algunas matizaciones socioeconómicas y sociodemográficas que hacer, como la edad media de sus habitantes que afectan el gasto sanitario, la dispersión de los núcleos poblacionales, las tasas de desempleo, niveles de desarrollo regional, y... Pero la base del acuerdo sería la población. Esto parece simple y fácil de entender.




DOS SISTEMAS DE FINANCIACIÓN DE LAS CC.AA.

En España conviven dos sistemas de financiación de las Comunidades Autónomas, el régimen foral para País Vasco (Concierto económico) y Navarra (Convenio económico), y el  régimen común para el resto de Comunidades Autónomas y Ciudades con estatuto de autonomía (regulado en la Ley Orgánica de Financiación de Comunidades Autónomas - LOFCA): 
  • En el régimen foral la exacción, gestión, liquidación, recaudación e inspección de la mayoría de los impuestos estatales recae sobre la Comunidad, teniendo en el caso del País Vasco las Diputaciones Forales (Álava, Vizcaya y Guipúzcoa) la potestad de recaudación y en Navarra la propia Comunidad Foral.Por otro lado, la Comunidad Autónoma contribuye a las cargas generales del Estado a través de una cantidad denominada cupo, en el País Vasco, o aportación en la Comunidad Foral de Navarra. El índice de imputación de cada una de las comunidades de régimen foral viene determinado, básicamente, en función de la renta relativa de cada uno de dichos territorios. ²
  • El régimen común se rige actualmente por la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, y las modificaciones de determinadas normas tributarias. Esta Ley recoge el Acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera 6/2009, de 15 de julio de 2009. El sistema de financiación integra la financiación de la totalidad de los servicios traspasados... a través de los tributos cedidos (capacidad tributaria), de la Transferencia del Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales y del Fondo de Suficiencia Global. Además, para favorecer la convergencia financiera y económica entre Comunidades Autónomas, la Ley 22/2009 crea dos Fondos de Convergencia Autonómica dotados con recursos adicionales del Estado: el Fondo de Competitividad y Compensación y el Fondo de Cooperación. Las participaciones en estos dos Fondos son percibidas por las Comunidades cuando se practica la liquidación correspondiente al año al que se refieren.¹ Respecto a la financiación de la sanidad se configura como un compartimiento estanco, al margen de los mecanismos financieros de la LOFCA ², basado en la transferencia de un porcentaje del presupuesto del Insalud igual al que disfrutaban en el momento del traspaso de sus competencias.

Además, las Comunidades Autónomas pueden obtener recursos de naturaleza financiera a través de las operaciones de crédito y los anticipos de tesorería de la Hacienda Central. Los límites para las operaciones de crédito (plazos, destino de los recursos,...) vienen regulados en la LOFCA.

La coordinación de la actividad financiera del Estado y de las Comunidades se realiza a través del Consejo de Política Fiscal y Financiera, estando regulado en el artº3 de LOFCA.

Lo cierto, es que con el desarrollo de los estatutos y la "mano abierta" para el Gasto - desde que el Gobierno de Rodríguez Zapatero derogó su "techo" - nos ha llevado a la situación actual, déficits presupuestarios crecientes en las Comunidades Autónomas por no ajustar sus Gastos a su disposición de Ingresos. Pero ningún partido político puede escudarse en que no conocía estos hechos, pues todos y cada uno en la Comunidad que gobernaban "hacían de su capa un sayo".

Una vez puestos en contexto, veamos cuál es la situación de las finanzas públicas de cada Comunidad Autónoma para la prestación de los servicios que le fueron traspasados y la gestión de su propia Administración, y si "alguna" por exceso de celo o de protagonismo viene incurriendo en un Gasto excesivo para el que carecen de dotación presupuestaria.



POBLACIÓN Y PIB POR COMUNIDAD AUTÓNOMA


Andalucía en 2011 era la Comunidad con mayor población (8.270.500 habitantes, el 18% del total) del Estado y la tercera en PIB (145.451 millones de euros, el 13,6% del total). Su PIB en 2011 aumentó respecto al de 2010 en un 0,4%, mientras la media nacional lo hacía un 0,1%.
A continuación, por población se situaban Cataluña (7.303.100 habitantes, el 15,9% del total), Madrid (6.371.600 habitantes, el 13,9% del total) y Valencia (5.001.200 habitantes, el 10,9% del total), y por PIB Cataluña (200.323 millones de euros, el 18,7% del total), Madrid (189.431 millones de euros, el 17,7% del total) y Valencia (102.941 millones de euros, el 9,6% del total). El PIB de 2011 de Madrid y Valencia crecía un 0,2%, mientras el de Cataluña disminuía un 0,2%.


Las regiones más productivas por habitante (PIB x habit.) eran País Vasco (31.287 euros/habit.), Navarra (30.067 euros/habit.), Madrid (29.731 euros/habit.) y Cataluña (27.430 euros/habit.). Las regiones menos productivas eran Extremadura (16.149 euros/habit.), Andalucía (17.587 euros/habit.) y Castilla- La Mancha (18.568 euros/habit.).

(*) Los datos de número de habitantes utilizados en este análisis provienen del Censo INE. Nuestra Administración Central utiliza una población ajustada para sus Transferencias de Fondos, siempre motivo de polémica.



OBLIGACIONES Y DERECHOS RECONOCIDOS NO FINANCIEROS


Agrupan los Gastos e Ingresos no financieros, utilizando en este análisis la distribución en función de su naturaleza económica (posteriormente veremos en detalle).



Andalucía con el 18% de la población disponía del 16,9% de los recursos totales para prestar los servicios cedidos por el Estado y su propia Administración, pero gastaba un 13,2% más de lo que ingresaba. 
Castilla - La Mancha con el 4,4% de la población disponía justamente del 4,4% de los recursos, pero gastaba un 60,9% más que ingresaba. Éste despilfarro no era desconocido, ya en 2010 esta Comunidad gastó un 30,6% más de lo que se ingresaba.

Si analizamos la distribución de recursos (derechos o ingresos) respecto de la población que debían atender, Andalucía disponía de -1,1pp. de recursos de los que corresponderían. De igual modo, disponían de menores recursos de los que le corresponderían respecto a su población Valencia (-2,4pp.), Madrid (-1,2pp.), Baleares (-0,5pp.) y Cataluña (-0,4pp.). Las grandes beneficiadas en recursos sobre su población eran las Comunidades con Concierto o Convenio, País Vasco (+2,3%) y Navarra (+1,4%), y a continuación Extremadura (+0,5pp.), Galicia (+0,4pp.) y Asturias (+0,4pp.).
Si ahora nos fijamos en los recursos disponibles por cada habitante, observaremos el gran diferencial de País Vasco (4.081 euros/habit.) y Navarra (5.673 euros/habit.) respecto del resto de Comunidades (media 2.743 euros/habit.). Igualmente, las Comunidades menos pobladas como Asturias (3.260 euros/habit.), Cantabria (3.237 euros/habit.), La Rioja (3.316 euros/habit.) y Extremadura (3.349 euros/habit.) disponían de mayores recursos por habitante que el resto.



¿Es solidaria y ayuda a la convergencia interregional esta asignación de recursos?
¿Corresponden los diferenciales interregionales de recursos disponibles al nivel de competencias recibidas?

Si pensamos que los habitantes de cada territorio deberíamos de tener derecho a una prestación de servicios similar, y relacionamos la participación que tuvo en el gasto cada Comunidad respecto del que le correspondería por su población observamos grandes diferencias. Así, por citar las tres primeras, Madrid (3,1%), Valencia (1,6%) y Andalucía (1,9%) estarían gastando menos de lo que le correspondería según los habitantes de su territorio. 
Por otro lado, nos encontramos con Comunidades en las que la participación en el gasto es superior al número de habitantes que atienden, como son -citando sólo las tres primeras - País Vasco (-2%), Cataluña (-1,7%) y Castilla-La Mancha (-1,5%).
Cabría pensar que la dispersión o concentración de la población o la capital de Estado podría afectar a las eficiencias de su Administración, pero en las regiones expuestas cabrían casi todos los supuestos y sus resultados son muy diferentes del resto de Comunidades Autónomas. También habría que tener en cuenta las transferencias cedidas que están bajo la Administración de cada Comunidad.

Si ahora nos fijamos en el gasto por habitante, las diferencias se hacen más perceptibles y aumentan los diferenciales entre Comunidades. Habría que analizar si realmente responden a diferencias de transferencias o competencias cedidas por el Estado Central, o son la expresión del despilfarro del Gobierno Autónomo de turno o su ineficaz gestión de los recursos públicos, del dinero de todos.
La media de gasto por habitante es de 3.267 euros, habiendo Comunidades que gastan 6.185 euros como Navarra y otras que gastan 2.539 euros como Madrid. Lo mejor es que cada uno se sitúe y piense en los servicios que le presta su Comunidad y si es "de recibo" tamañas diferencias.




Mientras los ingresos disminuían con motivo de la crisis, muy especialmente de nuestra "crisis del ladrillo" y se endurecían las facilidades crediticias de antaño, nuestras Comunidades Autónomas no ajustaron sus gastos a los ingresos esperados, y desde 2007 cada Presupuesto era cada vez más irreal para "intentar" dar soporte a su Gasto y a sus necesidades de endeudamiento. Claro, en ésto también ayudaba la irrealidad en que vivía nuestro anterior Gobierno Central cuando negaba la existencia de la crisis y publicaba tasas de crecimiento que nadie se creía,  y con éstas se elaboraban los presupuestos.

En 2011, otras Comunidades - ya mencionamos anteriormente a Andalucía con el +13,2% y Castilla La Mancha con el +60,9% - también sobrepasaban los límites con su ineficacia e impericia en la gestión de los recursos públicos, y se situaban en tasas de gasto superiores en un 30% a la de sus ingresos, como Baleares (+31,7%), Cataluña (34,7%), Valencia (31,1%), Murcia (32,6%). 
En el gráfico adjunto el equilibrio presupuestario estaría en el 100% y la media del déficit o de la ineficiencia en el 119,1% (gastaron de media un 19,1% más que ingresaron).





Distintos partidos políticos, distintas coaliciones, han gobernado estas Comunidades Autónomas, así que ninguno puede mirar para otro lado y decir que desconocía la situación, son datos públicos, pero muchos de los que nos gobiernan ..."no están para estar pendientes de la gestión económica de su Comunidad, lo están para GASTAR solamente"

...Continuará con el detalle de las Obligaciones y los Derechos reconocidos y Saldos Presupuestarios.

-----------------------------
¹ Fuente: Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Informes sobre la financiación de las Comunidades Autónomas (Año 2010) http://www.minhap.gob.es/Documentacion/Publico/PortalVarios/FinanciacionTerritorial/Autonomica/Publicaciones%20Financiacion/Texto%20Liquidaci%C3%B3n%202010.pdf
² Fuente: Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Ley Orgánica  8/1980, de  22  de septiembre,  de Financiación  de las Comunidades Autónomas (actualizado a mayo '2012) http://www.minhap.gob.es/Documentacion/Publico/NormativaDoctrina/FinanciacionTerritorial/Financiacion%20Autonomica/LOFCA%20consolidada%2022_5_2012.pdf
³ Fuente: "IV.1. El Presupuesto", pág.42 y 43 (Presupuesto de la Universidad de Oviedo). Desconozco autor y título.
 Fuente: Ministerio de Economía y Hacienda 

Si te gustó el artículo, ayúdame a distribuirlo

¿Quieres recibir los artículos en tu bandeja de entrada? Si, Suscríbeme

No hay comentarios: